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El Juez Unico abre dos expedientes informativos por la presunta disputa de partidos no oficiales sin autorización federativa

Por acuerdo del Juez Unico de Competición del Grupo XVIII de Tercera División Nacional, ha sido abierto expediente informativo ante la supuesta celebración de partidos no oficiales sin autorización federativa por parte del C.D. Madridejos y el C.D. Illescas. La reglamentación establece que se precisará, con carácter general, expresa autorización de la Federación para que los clubes, futbolistas, árbitros o entrenadores que participen o actúen en competiciones que aquella organice, puedan hacerlo en otros partidos o campeonatos distintos de aquellas, incluso de carácter no oficial.

 

La inclusión de esta norma en la reglamentación vigente no es asunto baladí, ya que cualquier incidencia que se produzca en un partido que no ha sido comunicado a la Federación de Fútbol, y por ende, no es dirigido por árbitros colegiados, no cuenta con el amparo del ente federativo, ya sea en cuanto a lesiones se refiere, efectos sancionatorios o de cualquier otra índole. Pero en cualquier caso, todas las entidades y personas afiliadas a la Federación de Fútbol se hallan sometidas a la disciplina deportiva o asociativa del ente federativo y con la obligación de cumplir con los postulados reglamentarios; por lo tanto todos ellos: clubes y asociaciones deportivas, directivos, técnicos y futbolistas, árbitros, componentes de la misma estructura orgánica federativa y, en general, todas aquellas personas físicas o jurídicas que desempeñen su actividad federada, se encuentran bajo la jurisdicción de la Federación de Fútbol, y en este sentido, el Reglamento General obliga a pedir autorización federativa para la disputa de partidos no oficiales, sin cuyo requisito no es posible su celebración.

 

La Federación de Fútbol ya recordó a los clubes de esta obligatoriedad mediante la circular nº 4, cuyo contenido está publicado en la página web federativa, e incluso en ella se anunciaba la medida adoptada por el Comité Técnico de Arbitros en el sentido de designar árbitros de la misma localidad del club local, o en su defecto del lugar más cercano, dentro de lo posible, con el fin de obtener una aminoración del recibo arbitral de, aproximadamente, un cuarenta por ciento respecto a la tarifa para partidos oficiales, ya que la Federación de Fútbol es consciente de que, en la mayoría de los casos, este tipo de confrontaciones son organizadas por los clubes con el ánimo de obtener unos pequeños ingresos al mismo tiempo que sirven de preparación para el inicio de la competición.

 

La Federación de Fútbol de Castilla La Mancha ha tenido conocimiento de supuestos partidos no oficiales disputados por C.D. Madridejos y C.D. Illescas sin la preceptiva autorización federativa, motivo por el cual se ha abierto el correspondiente expediente para depurar las responsabilidades reglamentarias que la supuesta falta conlleve. Los presuntos partidos objeto de controversia han sido los siguientes:

 

C.D. Madridejos – C.D. Mota del Cuervo

C.D. Madridejos – Daimiel C.F.

C.D. Madridejos – C.D. Juncos

C.D. Madridejos – Villaviciosa de Odón

C.D. Illescas – At. Pinto

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